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martes, 23 de noviembre de 2010

HABRÁ QUE SER PRECAVIDOS:

La reforma del Código Penal dotará de responsabilidad penal a las sociedades mercantiles.

La reforma del Código Penal que entrará en vigor el próximo 23 de diciembre establecerá que las empresas puedan ser penalmente responsables de delitos comentidos por sus trabajadores y administrados, siempre y cuando no se haya ejercido un control sobre ellos. Ante esta sustancial modificación, la única manera de atenuar o incluso evitar una imputación penal por parte de una sociedad será poder demostrar al juez que la empresa ha ejercido los debidos controles sobre sus empleados, demostrando así una preocupación por la actividad de éstos.

Hasta el momento la responsabilidad de estos delitos recaía sobre los que mandaban pero con la nueva reforma las sociedades serán reconocidas como sujetos con voluntad propia. A partir del 23 de diciembre, si un trabajado comete un delito que puede beneficial a la sociedad, en sentido amplio, la compañía podrá ser condenada penalmente. En caso de que existieran los necesarios y suficientes sisemas de control antes de la comisión del delito y, ademas, sea demostrable de forma fehaciente, la empresa podrá quedar exonerada. Por otro lado, implementando inmediaamente con posterioridad al delito estas medidas, se considerarían una cisrcunstancia atenuante.

Con esta reforma las empresas deberán cubrirse bien las espaldas y llevar a cabo diferentes medidas de seguridad. En primer lugar, se tendrá que hacer un análisis del sistema de funcionamiento de la empresa para evaluar los riesgos penales con la identificación y atribución de responsabilidades a las personas. En segundo lugar, un asesoramiento-formación al personal responsable para que sepa cuáles son los límites legales de su actuación. En tercero, protocolarizar una serie de normas de actuación con el objetivo de prevenir delitos y, en úlitmo lugar, ejercer la vigilancia pertinente para que estas normas y sistemas de control se cumplan.

Las sanciones correspondientes se encontrarán tipificadas en el Código Penal, correspondientes a las penas establecidas para delitos como: los de fraude fiscal, corrupción, blanqueo de capitales, ordencación del territorio…

ATGrup 2010

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