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lunes, 27 de septiembre de 2010

LA AEPD ABOGA POR PROTEGER LA PRIVACIDAD DEL TRABAJADOR EN LAS REDES SOCIALES


LA AEPD ABOGAPOR PROTEGER LA PRIVACIDAD DEL TRABAJADOR EN LAS REDES SOCIALES



El director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo, considera que deben establecerse unas normas básicas para garantizar la privacidad de datos de los trabajadores frente a sus superiores en redes sociales (facebook, tuenti, twitter…) mediante acuerdos colectivos con las empresas, "en justo equilibrio con el derecho de control que tienen los empresarios sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales de los empleados".



En relación con el proyecto de ley aprobado en Alemania para prohibir la búsqueda de datos de los empleados en redes sociales como Facebook por parte de los jefes, Rallo ha asegurado que en España "el espacio idóneo para madurar ese tipo de políticas y de normas es el convenio colectivo y que los acuerdos deben darse entre trabajadores y empresarios. No obstante, en España no parece que en este momento haya ninguna iniciativa en esa dirección.



Actualmente el estatuto de los trabajadores establece una norma que habilita a los empleados a "desarrollar las medidas que se consideren necesarias para controlar el cumplimiento". En ese marco se habilita la instalación de cámaras de vigilancia, existe una jurisprudencia que permite acceder al uso que hacen los trabajadores de Internet o a su utilización del correo electrónico corporativo que pone a su disposición las empresas. Sin embargo, no existe un desarrollo legal específico



"UNA INICIATIVA QUE VA POR BUEN CAMINO"




El proyecto alemán es una iniciativa va de forma correcta para colocar las cosas en su sitio. Responde a la realidad de que las empresas "están utilizando estos espacios para recabar información sobre los aspirantes a puestos de trabajo o sobre sus propios empleados para conocer su conducta.



Si un trabajador puede probar que un empresario lo ha despedido por información obtenida a través de una red social en la que el trabajador ha colgado unas fotografías de poco gusto o unos comentarios contra el empresario, y que ésa es la causa del despido, "jurídicamente sí se puede dar por buena una prueba de este tipo y el juez de turno puede concederle eficacia jurídica".











AT Grup ©2010


sábado, 18 de septiembre de 2010

MULTA RÉCORD A UNA ASEGURADORA QUE PERDIÓ DATOS DE 46.000 CLIENTES EN INGLATERRA

La filial británica de la aseguradora suiza Zurich Financial Services (ZFS) fue condenada a una multa récord por haber perdido datos personales de miles de clientes.


El regulador británico de los mercados, el Financial Services Authority (FSA), anunció en un comunicado que infligió una multa de 2,28 millones de libras (2,8 millones de euros) a Zurich UK, a la que criticó por su actitud laxa.


Esta es la mayor suma pedida en el Reino Unido a una empresa por incumplir sus obligaciones en materia de protección de datos.


Zurich UK delegó la gestión informática de sus ficheros de clientes a la filial sudafricana del grupo, Zurich S.A. Pero ésta perdió en agosto de 2008 un archivo no encriptado que concernía a 46.000 clientes durante una transferencia "de rutina" a un centro de almacenamiento.


Entre los datos perdidos figuran datos bancarios, códigos de tarjetas de crédito e informaciones sobre los bienes asegurados y sus métodos de protección. Además, Zurich UK no fue informada de la pérdida del fichero en Sudáfrica hasta un año después de los hechos.


Para la FSA, la empresa decepcionó gravemente a sus clientes aunque afirma no tener ninguna pista hasta el día de hoy de que los datos perdidos hayan podido ser recuperados o utilizados de manera fraudulenta.


Como aceptó cooperar con los investigadores, Zurich UK se benefició de un descuento" del 30% de la multa, que debería haber sido de 3,25 millones de libras (unos 4 millones de euros).



AT Grup 2010

viernes, 3 de septiembre de 2010

EL 50% DE LAS EMPRESAS ENDURECERÍAN LAS LEYES DE PROTECCIÓN DE DATOS

El 87% de las compañías piensan que deberían hacerse públicas las exposiciones de datos privados

Las empresas españolas no están muy conformes con el contenido de la actual legislación en materia de protección de datos. No obstante, a pesar de lo que se pueda pensar en un principio, lo que les incomoda no son sus requisitos.

Para el 50% de las compañías encuestadas, la normativa de protección de datos no es lo suficientemente estricta. Para un todavía más elevado 87%, los fallos de seguridad deberían ser de dominio público, de modo que si una compañía observa como la información privada se ve expuesta, debería comunicarlo públicamente.

Los resultados de la encuesta han puesto de manifiesto la necesidad de hacer públicas las infracciones, y demuestra que son necesarias unas directrices claras y concisas.

A pesar de estas preocupaciones y la consecuente necesidad de hacer más, las empresas se preocupan por lo que pueda costarles. Para un 41% de los encuestados, la complejidad de las normas y los costes asociados a la protección de datos les causan preocupación.


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